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Planes de pensiones y planes de ahorro en el divorcio: diferencias clave en la liquidación de gananciales
En un divorcio con régimen de gananciales, los planes de pensiones y los planes de ahorro no siempre reciben el mismo tratamiento jurídico. Mientras los planes de pensiones suelen conservar carácter privativo del cónyuge titular, aunque puedan generar un derecho de crédito por las aportaciones realizadas con dinero ganancial, determinados planes de ahorro pueden formar parte directamente del activo ganancial si se financiaron con fondos comunes.
En este artículo explicamos las diferencias entre planes de pensiones, PPA, PIAS, seguros de ahorro y productos similares, cómo deben incluirse en el inventario de la liquidación de gananciales y qué documentación es necesaria para determinar si procede el reparto, la compensación económica o la exclusión del producto por su carácter privativo.
Plan de pensiones en el divorcio: cómo se reparte en la liquidación de gananciales
En un divorcio con régimen de gananciales, el plan de pensiones no se reparte directamente entre los cónyuges, ya que su titularidad suele tener carácter privativo y corresponde al cónyuge que figura como partícipe. Sin embargo, si durante el matrimonio se realizaron aportaciones con dinero ganancial, la sociedad de gananciales puede tener un derecho de crédito frente al titular del plan.
En este artículo analizamos cuándo nace ese derecho de compensación, cómo se calculan las aportaciones gananciales, qué ocurre con los planes de empresa o planes mixtos, y cómo debe incluirse correctamente el crédito en el inventario de la liquidación de gananciales.