El Tribunal Supremo protege el bonus colectivo en caso de baja médica

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una trabajadora a percibir el bonus anual por objetivos de su centro de trabajo, a pesar de haber estado en situación de incapacidad temporal (IT) durante parte del ejercicio. El fallo corrige el criterio empresarial que excluyó a la empleada del incentivo por este motivo y refuerza la protección del salario variable vinculado al rendimiento colectivo.

El caso: bonus colectivo y exclusión por IT

La trabajadora formaba parte de un sistema retributivo que contemplaba el abono de un incentivo anual condicionado al cumplimiento de objetivos del centro de trabajo. Aunque estos objetivos se alcanzaron y el bonus fue abonado al resto de la plantilla, la empresa denegó su pago a la empleada alegando que había estado de baja médica.

Tras una batalla judicial en varias instancias, ha sido el Tribunal Supremo quien ha determinado que no cabe excluir automáticamente a un trabajador de este tipo de incentivos si el sistema no lo prevé de forma clara y objetiva, y si los objetivos colectivos han sido cumplidos.

Lo que dice el Supremo

La sentencia sienta un criterio claro: la incapacidad temporal no justifica, por sí sola, la pérdida de un bonus colectivo. El Tribunal recuerda que los trabajadores en IT conservan sus derechos salariales legal y convencionalmente previstos, y que el principio de no discriminación por motivos de salud impide aplicar restricciones automáticas en estos casos.

Además, se subraya que cuando el bonus depende del rendimiento colectivo y no del desempeño individual del trabajador, no puede negarse su abono si el resto de condiciones se han cumplido.

Impacto en las empresas con retribución variable

Esta resolución tiene un efecto inmediato en sectores donde el salario variable vinculado a objetivos de equipo, área o centro de trabajo es frecuente. Según los últimos estudios disponibles, al menos un 33% de las plantillas en España cuentan con algún tipo de retribución variable, y la tendencia es creciente.

Desde LBO Legal recomendamos a las empresas:

  • Revisar sus planes de incentivos para detectar cláusulas que puedan generar situaciones discriminatorias o inseguridad jurídica.

  • Evitar exclusiones automáticas en casos de baja médica, salvo que estén claramente justificadas y previstas en el sistema retributivo.

  • Analizar el impacto de esta sentencia en su política salarial, especialmente en sectores como retail, distribución, hostelería o servicios.

Conclusión

El fallo del Supremo fortalece la protección del trabajador durante situaciones de IT y lanza un mensaje claro: la baja médica no puede convertirse en una excusa para recortar retribuciones variables colectivas, salvo que haya una previsión clara, objetiva y proporcionada que lo respalde.

En LBO Legal ayudamos a revisar, rediseñar y blindar jurídicamente los planes de incentivos de tu empresa. Contáctanos y asegúrate de que tu sistema retributivo cumple con la normativa y la jurisprudencia más reciente.

Víctor López
Director de LBO Legal

Víctor López Jr.

35 años. Víctor López es fundador de lbo.legal y especialista en Derecho de las Nuevas Tecnologías y Derecho Internacional Privado. Tras su paso por escuelas de Londres y Edimburgo, se formó en la Universidad Pablo de Olavide donde estudió dos Masters Universitarios: Derecho de las Nuevas Tecnologías y Derecho Patrimonial Privado en el Mercado Global.

https://www.lbo.legal
Siguiente
Siguiente

¿Es válida una cláusula de no competencia sin compensación? Análisis práctico según la ley española